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jueves , abril 18 2024
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IRURZUN Y FARAH / Justicia para Canillitas

Finalmente, el Sindicato de Canillitas (Sivendia) retomará su rumbo institucional. La campaña antisindical desatada por el oficialismo fue frenada por la movilización de los trabajadores y por la acción legal presentada como defensa. La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, integrada por los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah, resolvió hoy la causa CFP 54.138/13, del registro del Juzgado Federal n° 8.

Los jueces decidieron revocar lo resuelto por su par Marcelo Martínez de Giorgi: dejaron sin efecto los procesamientos del secretario general de Vendedores de Diarios y Revistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Provincia de Buenos Aires, Francisco Omar Plaini, por uso de documento público falso y de la escribana María Emilia Rodenas, por falsedad ideológica. En ambos casos, se señaló la falta de mérito.

En la causa se investiga la supuesta inclusión de firmas falsas en instrumentos donde constaban los presentes en una asamblea del gremio, en que debían adoptarse varias decisiones. El juez procesó a Plaini por haber presentado esos papeles en el Ministerio de Trabajo y a Rodena por consignar información sobre ellos en un acta notarial. La Cámara discrepó con esa postura, según informó el CIJ.

Los jueces de la Sala II indicaron que las pruebas no demostraban que las supuestas falsedades de los documentos cuestionados fueran aquellas circunstancias que esos instrumentos estaban destinados a probar (en rigor, que hubo una asamblea gremial y que se presenció su desenvolvimiento y resultado) ni que Plaini participara de la utilización de los instrumentos.

A raíz de la revocatoria del procesamiento, quedó sin efecto la intervención de SIVENDIA y se debe dejar sin efecto la suspensión en el ejercicio de sus funciones de Secretario General de SIVENDIA a Francisco Omar Plaini y a los restantes integrantes de los órganos de conducción y deliberativos, como así también los de fiscalización y electorales del referido sindicato.

CIJ / AGN / SF / RG / LSM

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